sábado, 12 de enero de 2008

Derechos de las personas mayores


























¿Quién puede otorgar un documento de autotutela?.

Cualquier persona con capacidad de obrar suficiente, es decir con capacidad natural, que sea consciente de lo que está haciendo y quiera formalizarlo voluntariamente.












¿Cómo se formaliza el documento de autotutela?

El notario debe comprobar la capacidad de la persona, indagará su voluntad y la adecuará al ordenamiento jurídico para que produzca los efectos deseados.



Contenido de la escritura pública.



En estas disposiciones la persona nombra tutor, establece órganos de control o fiscalización de la tutela, y el modo de ejercitarla así como otras disposiciones sobre su persona o bienes. También puede contener disposiciones negativa, pensando qué persona no queremos que sea nuestro tutor.Es conveniente , y debe incluirse el nombramiento de tutores sustitutos, para el caso de que el nombrado en primer lugar no pueda o no quiera ejercer el cargo.

Publicidad del documento.


Se establece una comunicación entre la Notaría y el Registro Civil, donde se recoge el nombre del notario autorizante, número de protocolo y fecha de autorización. En este punto es conveniente, dada la dificultad de localizar en ocasiones las partidas de nacimiento, que se obtengan antes de acudir a la notaría, para asegurar la eficacia de su publicidad


.Efectos de la autotutela.



La disposición de autotutela sólo produce su efecto cuando el juez declare incapaz a una persona por sentencia de incapacitación, en la que tendrá en cuenta la voluntad recogida en el documento de autotutela.
Poderes en previsión de la propia discapacidad.

Supone, en cierto modo un complemento para la autotutela la reforma del Código Civil2, que permite que, a pesar de la incapacitación de una persona , puedan seguir vigentes los poderes que hubiera dado, pues no es causa de extinción si éste ha dispuesto expresamente en dicho poder su continuación a pesar de la incapacitación. La extinción puede ser acordada por el juez en el momento posterior, a instancia del turor. Por último, se legitima al presunto incapaz a promover su propia incapacidad, modificándose el artículo 757.1 de la L.E.C.














Autotutela y poderes en previsión de la propia discapacidad


La Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad3 otorga una protección integral a nuestros mayores o la personas con Discapacidad y su patrimonio, concediendopara ello importantes beneficios fiscales. La supervivencia de muchas Personas con Discapacidad a sus padres y las nuevas formas de discapacidad (lesiones cerebrales y medulares por accidentes de tráfico. enfermedad de alzheimer y otras demencias asociadas a la edad) plantean la necesidad de que la asistencia económica a la persona dependiente se realice no sólo por el Estado o la familia, sino a través del patrimonio de las ersonas mayores o con discapacidad, porque uno de los elementos que más repercuten en el bienestar de estas personas es la existencia de medios
económicos a su alcance para atender sus necesidades vitales.
Las personas mayores realizan cobros y pagos de dinero , tienen cuentas corrientesabiertas a su nombre , disponen de medios de pago electrónico, contratan el uso de los transportes públicos y otros servicios, y realizan una gran variedad de actos de consumo. Por ello, surgen las nuevas soluciones jurídicas que proporciona esta Ley: patrimonio protegido y sus ventajas fiscales, autotutela y poderes en previsión de la propia discapacidad o demencia, novedades sucesorias, contrato de alimentos, derecho de habitación.....

Derecho de habitación:

Se establece una protección patrimonial directa a las Personas con Discapacidad, permitiendo que la donación o legado de una derecho de habitación a su favor (siempre que sean legitimarios y convivan con el donante o testador en dicha
vivienda1) no se compute para el cálculo de las legítimas.













Además se concede por ley al legitimario discapacitado un legado legal del derecho de habitación sobre la vivienda habitual en la que conviere con el causante, si bien deberá compartir esta vivienda con los otros
legitimarios con los que también conviviera mientras lo necesiten. Este derecho de habitación legado o donado es intransmisible.

Amplias facultades al viudo:

Además, de reforma el artículo 831 del Código civil, al introducir una nueva figura de protección patrimonial indirecta de las Personas con Discapacidad, pues se le permite al testador, en su testamento, conceder amplias facultades a su viudo/a, quié podrá distribuir la herencia del cónyuge premuerto entre los
hijos o descendientes comunes cuando uno de los descendientes tenga una discapacidad reconocida, aplazando la participación a un momento posterior en el que conozca la variación de las circunstancias y la situación y necesidades actuales de la persona con discapacidad.stas facultades pueden concedérselas los progenitores con descendencia común, aunque no estén casados entre sí.

¿Que es el certificado de minusvalía?
Muchas veces la diferencia causante de la disminución se detecta en el Sistema

Sanitario, pero no siempre se informa a la persona afectada respecto a la
posibilidad de tramitar el certificado.
Requisitos:

¿En qué consiste este certificado?

Es una resolución administrativa que reconoce la existencia de discapacidad suficiente y de la que se derivan determinados beneficios.

¿Dónde debo solicitarlo?
Lo mejor es acudir a los Servicios Sociales que correspondan según donde se viva,















allí preguntar cual es exactamente el centro donde debe solicitarlo. El
reconocimiento del grado de minusvalía se produce desde la fecha de solicitud.

Presentarlo?


deberá presentar dicha solicitud en los Servicios sociales de los Ayuntamientos y en las Direcciones Generales de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente, acompañada de la documentación necesaria.

Documentos y valoración
Qué documentos se precisan?
Acompañando a la solicitud, que habrá de incluir el nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, domicilio, fechay firma, debidamente cumplimentados, se adjuntarán los siguientes documentos:

Original y fotocopia del DNI del interesado y, en su caso, del representante legal

(en su defecto, fotocopia del Libro de Familia).

- En caso de extranjero residente, fotocopia de la tarjeta de residencia.

-Fotocopias de todos los informes médicos que guarden relación con la


enfermedad por la que se solicita la minusvalía - y cualesquiera otros- (Es importante quedarse siempre con los originales), así como informes psicológicos y sociales que se tengan.












¿Cómo se valora?



és de los baremos establecidos por el Real Decreto 1971/1999 de procedimiento y reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

¿Quién lo valora?








Los equipos de Valoración y Orientación -EVOs-, adscritos a los distintos Centros Base, y compuestos por profesionales -como mínimo Médico (que preguntará sobre la medicación y el estado actual del interesado, y solicitará ver sus
informes), Psicólogo (que hará preguntas sobre cómo afecta la enfermedad en la vida diaria) y Trabajador Social (que preguntará acerca de la situación económica, familiar y social en general) que realizarán una entrevista con la a discapacitada y su familia, en la que aplicarán las pruebas que consideren necesarias para lograr un diagnóstico que, en función de los baremos mencionados en el punto anterior, se ajuste el máximo posible a la situación de dicha persona, y ya, con éste y los informes aportados, los miembros del EVO, unidos en junta, emitirán el informe definitivo, cuya tramitación tardará unos meses, al cabo de los cuales se obtendrá la notificación.

Beneficios de obtener el certificado de minusvalía

Beneficios Fiscales:

En el impuesto sobre la renta de las personas físicas:bonificación y reducción sobre los rendimientos de trabajo, por aportaciones a planes de pensiones y por aportaciones al patrimonio protegido de las personas con discapacidad; por inversión en vivienda habitual. Impuestos sobre sucesiones y donaciones, impuestos especiales sobre determinados medios de transporte, impuestos municipales....

Prestaciones familiares por hijo a cargo:


Recibirán esta pensión los padres de hijos con alguna minusvalía, variando la cuantía según el grado de aquélla y la edad de las personas con discapacidad.



Familia numerosa:

Cuando se tienen 2 hijos y al menos uno de ellos es minusválido, existen beneficios en; Seguridad social. laboral, educación (se pueden pedir ayudas en todos los niveles educativos, desde educación primaria a los programas de formación para la transición a la vida adulta, pasando por ciertas oposiciones que reservan un número de plazas para minusválidos), transportes, vivienda
(obligación de la comunidad de propietarios, en determinadas condiciones, de la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento del inmueble y la accesibilidad necesaria al mismo)...
Pensiones no contributivas de invalidez

Asistencia sanitaria para personas sin recursos suficientes

corporación a centros específicos:

Centros de atención a minusválidos físicos -CAMF- y psiquicos -CAMP-,
ocupación rehabilitación, pisos protegidos...

Subsidio de movilidad:


Subsidio de movilidad y compensaciones por gastos de transporte (sujeto a ingresos familiares)
Contratacion:
Contratación indefinida y temporal para trabajadores minusválidos, con
obligación por parte de las empresas:Bien tener un cupo de reserva para este colectivo no inferior al 20% de su plantilla cuando tiene 50 o más empleados, o bien aplicar medidas alternativas, entre otras realizar donaciones a fundaciones cuyo objetivo sea la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo para personas discapacitadas.

Las personas con discapacidad afectadas por un determinado grado de
minusvalía -psiquica mínimo 33% y física mínimo 65%- podrán ser beneficiarias del denominado PATRIMONIO PROTEGIDO constituido por la propia persona con discapacidad si tiene capacidad de obrar suficiente, o, si no la tiene, por sus padres, tutores o cualquier persona con interés legítimo (Ley 41/2003 - mediante la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de la persona discapacitada para que garanticen la satisfacción de sus necesidades vitales.










Existen distintos tipos de ayudas específicas de cada Comunidad Autónoma:

Las Comunidades Autónomas facilitan ayudas como: atención especializada en centros residenciales, adquisición de sillas de ruedas, adquisición y/o.

Adaptación de vehiculo, ayudas para transporte en taxi a minusválidos
gravemente afectados en su movilidad, abono transporte (Bonotet) sujeto a ingresos económicos .... cualesquiera ayudas derivadas de su discapacidad que puedan ser atendidas (Información en los Centros Base).

¿Qué es la incapacitación?

La incapacitación es un procedimiento judicial por el que un juez decide que una persona no tiene capacidad para gobernarse por sí misma, por lo que la somete a un régimen especial de protección de su persona o/y bienes.

¿Qué efectos produce?


En primer lugar, la persona incapacitada no podrá celebrar por sí sola los actos jurídicos (como contratos o como un testamento) que establezca la propia sentencia judicial.
En segundo lugar, la sentencia dirá qué régimen de protección le corresponde a la persona . Este puede ser de tutela o de curatela.

- La tutela hace que los actos de la vida jurídica (como los contratos) tengan que realizarse necesariamente por medio de un representante legal que será el tutor.
- La curatela, sin embargo, mantiene la capacidad del individuo, pero, para ciertos actos, necesitará que otra persona, el curados, los ratifique.

¿Qué ventajas tiene una incapacitación?

La finalidad que suele buscarse en una incapacitación es la protección de la persona incapacitada, así la persona que tiene una incapacitación no podrá realizar contratos que le perjudiquen. De esta forma podrán ser anulados todos los contratos o actos jurídicos , en general, que no le sean beneficiosos. Por otro lado el discapacitado tiene ciertos posibles derechos en la herencia de sus parientes más próximos, por ejemplo, la posibilidad de mejorarle más allá de la legítima de sus hermanos y el derecho de habitación en la casa en la que convivió, entre otros. Además, la sentencia de incapacitación tiene ciertos efectos administrativos , de forma que se equipara a una discapacidad del 33% de forma automática. Esto hace que puedan aplicarse las deducciones que hay en el Impuesto de la Renta (IRPF).

¿La incapacitación puede revisarse?

efectivamente, todo procedimiento de incapacitación puede y debe revisarse, si han cambiado, en uno u otro sentido, las causa s que lo motivaron. Así mismo puede volverse a replantear, en caso de no haber sido declarado incapaz, si ha habido un empeoramiento de los efectos causados por la enfermedad o deficiencia.